Estimado cliente,
USCIS ha recibido un alto número de solicitudes de exención de tarifas que no cumplen con los criterios de USCIS cuando se presentan en relación a la solicitud de visa del Formulario I-360 bajo la Ley de Violencia contra Mujeres (VAWA, por sus siglas en inglés), para cónyuges, hijos y padres abusados, el Formulario I-914, Solicitud al Estatus T de no Inmigrante y el Formulario I-918, Petición de Estatus U de no inmigrante, para las víctimas de la trata de personas y otros crímenes.
Tarifas de presentación
Los formularios I-360, I-914 e I-918 no requieren una tarifa de presentación. Sin embargo, otras solicitudes que frecuentemente se presentan en relación a estos formularios pueden requerir una tarifa. Ejemplos de estos formularios incluyen:
- Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo
- Formulario I-485, Solicitud para Registrar Residencia Permanente o Ajustar Estatus
- Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje
- Formulario I-192, Solicitud de Permiso Adelantado para Entrar como No Inmigrante.
Exenciones de Tarifas
Al reconocer que algunos solicitantes no pueden pagar las tarifas de presentación, USCIS estableció un proceso de exención de tarifas para ciertos formularios y tipos de beneficios. USCIS aprobará una exención de tarifas sólo si el peticionario demuestra claramente que no puede pagar las tarifas de presentación.
Si está presentando una solicitud relacionada con los Programas Humanitarios T, U y VAWA que requiere el pago de una tarifa pero no puede pagarla, complete la versión más reciente del Formulario I-912, Solicitud de Exención de Tarifas para solicitar una exención de tarifas. En lugar del Formulario I-912, USCIS también aceptará una carta con toda la información necesaria que indica su solicitud de una exención de tarifa, que incluya toda la evidencia de apoyo necesaria y está firmada por todos los mayores de 14 años que está solicitando la exención de tarifa.
Para más información sobre nuestras políticas de exención de tarifas, elegibilidad, preguntas más frecuentes, y cómo evitar errores comunes, por favor visite nuestro sitio web www.uscis.gov/es/exencion-tarifas.
También recordamos al público sobre los riesgos de las estafas de inmigración. Visite nuestra iniciativa Evite Estafas en uscis.gov/eviteestafas para más información sobre estafas comunes y otros consejos importantes.