Entradas Categorizadas: Sin categorizar

18
September 2017

 

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS, por sus siglas en inglés) reanudó hoy el procesamiento prioritario de todas las peticiones de visas H-1B sujetas a la cantidad máxima reglamentaria del año fiscal 2018. La cantidad máxima reglamentaria de visas H-1B para el año fiscal 2018 ha sido fijada en 65,000 visas. También se reanudó el procesamiento prioritario de las 20,000 peticiones anuales adicionales para contratar trabajadores que tengan un grado de maestría o grado superior de Estados Unidos.

Las visas H-1B proveen trabajadores diestros para una amplia variedad de empleos especializados, que incluye empleos en informática, investigación académica, y contabilidad. Cuando un peticionario solicita el servicio de procesamiento prioritario de la agencia, USCIS garantiza un tiempo de procesamiento de 15 días calendario. Si no se cumple con el tiempo de procesamiento de 15 días calendario, la agencia reembolsará la tarifa de procesamiento prioritario y continuará con el procesamiento expedito de la solicitud. Este servicio solo está disponible para las peticiones que ya están en trámite, no para peticiones de nueva presentación, ya que USCIS recibió suficientes peticiones en abril para cumplir con la cantidad límite del año fiscal 2018.

Además de la reanudación hecha hoy del procesamiento prioritario de peticiones de visa H-1B sujetas a la cantidad máxima reglamentaria del año fiscal 2018, USCIS había reanudado anteriormente el procesamiento prioritario de las peticiones H-1B presentadas a nombre de médicos bajo el Programa de Exenciones de Conrad 30, así como de las exenciones presentadas por agencias gubernamentales interesadas y de ciertas peticiones H-1B que no están sujetas a la cantidad máxima reglamentaria. El procesamiento prioritario permanece suspendido temporalmente para todas demás peticiones H-1B, como por ejemplo, las peticiones de extensión de estadía.

USCIS planifica reanudar el procesamiento prioritario de las restantes peticiones H-1B que no están sujetas a la cantidad máxima reglamentaria del año fiscal 2018, según lo permitan las cargas de trabajo. Sin embargo, los peticionarios restantes pueden presentar una solicitud para agilizar su solicitud si cumplen con los criterios específicos de la agencia. USCIS evalúa todas las peticiones de procesamiento expedito de manera individual caso por caso, y las solicitudes se otorgan a discreción de la dirección de la oficina.

USCIS publicará los anuncios cuando comencemos a aceptar el procesamiento prioritario para otras peticiones H-1B que no estén sujetas a la cantidad máxima reglamentaria del año fiscal 2018.

We serve the following localities: San Diego County including San Diego, Carlsbad, and Escondido; Los Angeles County including Beverly Hills, Los Angeles, West Los Angeles, Burbank, Hollywood, Van Nuys, Whittier, Woodland Hills, and Long Beach; Santa Clara County including San Jose, Milpitas, Santa Clara, and Sunnyvale; Alameda County including Oakland, San Leandro, and Berkeley; Sacramento County including Sacramento, Elk Grove, and Folsom; and Orange County including Santa Ana and Anaheim.

19
July 2017

 

USCIS anunció 19 de julio que ha devuelto todas las peticiones H-1B sujetas a la cantidad máxima reglamentaria establecida para el año fiscal 2018 que no fueron seleccionadas bajo nuestro proceso de selección al azar generado por computadora.

Contáctanos

Anteriormente, el 3 de mayo, USCIS anunció que había completado la entrada de datos de todas las peticiones sujetas a la cantidad máxima reglamentaria.

Si usted presentó una petición H-1B sujeta a la cantidad máxima reglamentaria entre el 3 y el 7 de abril de 2017, y al 31 de julio no ha recibido una notificación de recibo o la petición devuelta, contacte a USCIS para asistencia.

We serve the following localities: San Diego County including San Diego, Carlsbad, and Escondido; Los Angeles County including Beverly Hills, Los Angeles, West Los Angeles, Burbank, Hollywood, Van Nuys, Whittier, Woodland Hills, and Long Beach; Santa Clara County including San Jose, Milpitas, Santa Clara, and Sunnyvale; Alameda County including Oakland, San Leandro, and Berkeley; Sacramento County including Sacramento, Elk Grove, and Folsom; and Orange County including Santa Ana and Anaheim.

 

18
July 2017

USCIS released a revised version of Form I-9, Employment Eligibility Verification, on July 17. Instructions for how to download Form I-9 are available on the Form I-9 page. Employers can use this revised version or continue using Form I-9 with a revision date of 11/14/16 N through Sept. 17. On Sept. 18, employers must use the revised form with a revision date of 07/17/17 N. Employers must continue following existing storage and retention rules for any previously completed Form I-9.

Revisions to the Form I-9 instructions:

  • We changed the name of the Office of Special Counsel for Immigration-Related Unfair Employment Practices to its new name, Immigrant and Employee Rights Section.
  • We removed “the end of” from the phrase “the first day of employment.”

Revisions related to the List of Acceptable Documents on Form I-9:

  • We added the Consular Report of Birth Abroad (Form FS-240) to List C. Employers completing Form I-9 on a computer will be able to select Form FS-240 from the drop-down menus available in List C of Sections 2 and 3. E-Verify users will also be able to select Form FS-240 when creating a case for an employee who has presented this document for Form I-9.
  • We combined all the certifications of report of birth issued by the Department of State (Form FS-545, Form DS-1350, and Form FS-240) into selection C #2 in List C.
  • We renumbered all List C documents except the Social Security card. For example, the employment authorization document issued by the Department of Homeland Security on List C changed from List C #8 to List C #7.

We included these changes in the revised Handbook for Employers: Guidance for Completing Form I-9 (M-274), which is also easier for users to navigate.

 

We serve the following localities: San Diego County including San Diego, Carlsbad, and Escondido; Los Angeles County including Beverly Hills, Los Angeles, West Los Angeles, Burbank, Hollywood, Van Nuys, Whittier, Woodland Hills, and Long Beach; Santa Clara County including San Jose, Milpitas, Santa Clara, and Sunnyvale; Alameda County including Oakland, San Leandro, and Berkeley; Sacramento County including Sacramento, Elk Grove, and Folsom; and Orange County including Santa Ana and Anaheim.

 

17
July 2017

WASHINGTON — Las empresas estadounidenses que están en peligro de sufrir daños irreparables debido a la falta de trabajadores temporales no agricultores disponibles podrán contratar hasta 15,000 trabajadores no agricultores temporales adicionales bajo el programa H-2B según una regla final que los Departamentos de Seguridad Nacional y de Trabajo presentaron hoy al Registro Federal. Para cualificar para las visas adicionales, los peticionarios deben declarar, bajo pena de perjurio, que sus empresas probablemente sufrirán daños irreparables si no pueden emplear trabajadores no inmigrantes H-2B durante el año fiscal 2017.

Después de consultar con el secretario del Trabajo, Alexander Acosta, el secretario de Seguridad Nacional, John Kelly, determinó que no hay suficientes trabajadores estadounidenses cualificados y disponibles para realizar trabajos temporales no agrícolas que satisfagan las necesidades de las empresas estadounidenses durante el año fiscal 2017.

“El Congreso me confirió autoridad discrecional para proporcionar alivio temporero a las empresas estadounidenses que están en peligro de sufrir daños irreparables debido a la falta de trabajadores temporales disponibles”, dijo el secretario de DHS, John Kelly. “Como demostración de nuestro compromiso de apoyar a las empresas norteamericanas, DHS está proveyendo este aumento único a la cantidad máxima anual establecida por el Congreso”.

El programa de Trabajadores Temporales No Agricultores H-2B fue diseñado para ayudar a las empresas estadounidenses que no pueden encontrar la cantidad de trabajadores estadounidenses suficientes para llevar a cabo trabajo no agrícola de manera temporal. El Congreso fijó la cantidad máxima reglamentaria anual de visas H-2B en 66,000 visas. Un máximo de 33,000 visas H-2B están disponibles durante la primera mitad del año fiscal y el resto, incluidas cualquier visa H-2B que no haya sido utilizada, está disponible a partir del 1 de abril hasta septiembre 30. El 13 de marzo de 2017, USCIS recibió una cantidad suficiente de peticiones H-2B para cumplir en su totalidad con la cantidad máxima reglamentaria de 66,000 visas para el año fiscal 2017. En mayo, el Congreso delegó su autoridad en el secretario de DHS para aumentar la cantidad de visas de trabajo no agrícola temporal disponibles para empleadores estadounidenses hasta el 30 de septiembre. El secretario tomó el tiempo intermedio para consultar el asunto con el secretario del Trabajo y desarrollar esta regla apropiadamente de acuerdo con los requisitos congresionales.

A partir del 19 de julio, los peticionarios de visas H-2B que sean elegibles pueden presentar el Formulario I-129, Petición de Trabajador No Inmigrante, y debe presentar una declaración suplementaria con el Formulario ETA 9142-B-CAA junto con su petición. Se ha creado una nueva línea de confidencias para reportar abuso general del programa H-2B y violaciones de los empleadores.

Detalles sobre la elegibilidad y los requisitos de presentación de solicitudes están disponibles en la regla final y en la página Aumento Único a Visas de No Inmigrante H-2B para el Año Fiscal. Esta página también incluye información sobre cómo las personas pueden reportar abusos en el programa.

Si algún miembro del público tiene información sobre la posibilidad de que un empleador participante podría estar abusando de este programa, DHS le invita a presentar información a ReportH2BAbuse@uscis.dhs.gov.

We serve the following localities: San Diego County including San Diego, Carlsbad, and Escondido; Los Angeles County including Beverly Hills, Los Angeles, West Los Angeles, Burbank, Hollywood, Van Nuys, Whittier, Woodland Hills, and Long Beach; Santa Clara County including San Jose, Milpitas, Santa Clara, and Sunnyvale; Alameda County including Oakland, San Leandro, and Berkeley; Sacramento County including Sacramento, Elk Grove, and Folsom; and Orange County including Santa Ana and Anaheim.

 

28
June 2017

 

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) publicó una actualización de la Solicitud para Registrar Residencia Permanente o Ajustar Estatus (Formulario I-485). El nuevo Formulario I-485 y las instucciones han sido actualizadas sustancialmente para reducir su complejidad, luego de recopilar comentarios del público y de los clientes.

La versión revisada brinda a los solicitantes información más precisa para completar con exactitud el Formulario I-485, incluida una mejor navegación hacia las partes del formulario y las instrucciones que aplican a las situaciones específicas de los solicitantes. Estas actualizaciones deben aumentar la eficiencia del proceso de adjudicación al reducir errores y solicitudes de evidencia.

Los solicitantes que viven en Estados Unidos presentan el Formulario I-485 para ajustar su estatus migratorio y convertirse en residentes permanentes legales, lo que les permite vivir y trabajar de manera permanente en los Estados Unidos. Ajustar el estatus es un paso fundamental para las personas que desean obtener la ciudadanía estadounidense.

USCIS también revisó el Suplemento A y el Suplemento J del Formulario I-485, así como las instrucciones de los mismos, para proporcionarle a los solicitantes información más detallada acerca de cómo deben completar, presentar y enviar evidencia apropiadamente en caso de que dichos formularios apliquen a su situación.

A partir de hoy, habrá un periodo de gracia de 60 días durante el cual USCIS aceptará las ediciones del Formulario I-485, del Suplemento A y del Suplemento J con fechas 1/17/17 y 06/26/17. A partir del 25 de agosto de 2017, USCIS solo aceptará la versión revisada del Formulario I-485 y sus Suplementos A y J y no aceptará versiones anteriores de ninguno de esos formularios.

¿Qué actualizamos? USCIS mejoró el Formulario I-495 para incluir:

  • Un mejor flujo y organización de las preguntas para hacerlas más fáciles de usar tanto para los solicitantes como para USCIS. Además, se mejoró sustancialmente la legibilidad gracias a la nueva distribución del espacio, columnas, flujo, espacios en blanco y formato general.
  • Las preguntas sobre información biográfica (Formulario G-325A), de manera que los solicitantes ya no tengan que presentar un formulario por separado
  • Una lista de las 27 categorías de inmigración, que permite a los solicitantes identificar la categoría de inmigrante específica bajo la cual solicitan, y
  • Una lista exhaustiva y actualizada de las preguntas relacionadas a la admisibilidad. Estas preguntas que se han añadido aseguran que los oficiales de USCIS tengan la información necesaria para evaluar la admisibilidad y elegibilidad del solicitante.

Qué permanece igual

Aunque el Formulario I-485 y las instrucciones pueden parecer diferentes de las versiones anteriores, el proceso para presentar el Formulario I-485, así como el Suplemento A y el Suplemento J del Formulario I-485, permanece igual. Los solicitantes aún tendrán que presentar sus solicitudes impresas en la localidad indicada en las instrucciones del formulario.

Información adicional

Visite la página del Formulario I-485, Solicitud para Registrar Residencia Permanente o Ajustar Estatus, para información adicional sobre el nuevo formulario.

Los solicitantes pueden consultar la página de Elegibilidad a la Tarjeta Verde para obtener información adicional sobre los requisitos de elegibilidad para cada categoría de inmigrante.

Todos los formularios de USCIS son gratuitos a través de nuestro sitio web en www.uscis.gov/es/formularios o www.uscis.gov/forms.

We serve the following localities: San Diego County including San Diego, Carlsbad, and Escondido; Los Angeles County including Beverly Hills, Los Angeles, West Los Angeles, Burbank, Hollywood, Van Nuys, Whittier, Woodland Hills, and Long Beach; Santa Clara County including San Jose, Milpitas, Santa Clara, and Sunnyvale; Alameda County including Oakland, San Leandro, and Berkeley; Sacramento County including Sacramento, Elk Grove, and Folsom; and Orange County including Santa Ana and Anaheim.

04
May 2017

USCIS anunció el 3 de mayo de 2017 que ha completado la entrada de datos de todas las peticiones de visas H-1B para el año fiscal 2018 seleccionadas en nuestro proceso de selección al azar generado por computadora. UCSIS comenzará ahora a devolver todas las peticiones H-1B sujetas a la cantidad máxima reglamentaria que no fueron seleccionadas. Debido al alto volumen de presentaciones, USCIS no puede proveer un estimado de tiempo preciso para devolver esas peticiones. USCIS solicita a los peticionarios que no envíen consultas acerca del estatus de las peticiones sujetas al límite numérico hasta que reciban una notificación de recibo o se le devuelva la petición si no fue seleccionada. USCIS hará un anuncio una vez que todas las peticiones no seleccionadas sean devueltas.

Además, USCIS está transfiriendo algunas peticiones de visas H-1B del Formulario I-129 sujetas a la cantidad máxima desde el Centro de Servicio de Vermont al Centro de Servicio de California para balancear la distribución de casos sujetos a la cantidad límite. Si su caso es transferido, usted recibirá una notificación por correo. Luego de recibir la notificación, por favor envíe toda la correspondencia futura al centro que está procesando su petición.

Según se anunció previamente el 3 de marzo, USCIS ha suspendido temporalmente el procesamiento prioritario de todas las peticiones de visas H-1B. Hasta entonces, rechazaremos todos los Formularios I-907 presentados con peticiones H-1B.

19
April 2017

Además, las Tarjetas Verdes ya no tendrán una cinta óptica en la parte trasera.

Cómo Saber si su Tarjeta es Válida
Algunas Tarjetas Verdes y EAD expedidos después del 1 de mayo de 2017 aún podrían tener el diseño actual, ya que USCIS continuará utilizando el inventario de tarjetas que tiene disponible hasta que se agote. Tanto las actuales tarjetas como las nuevas Tarjetas Verdes y EAD continuarán siendo válidos hasta la fecha que indica la tarjeta.

Algunos EAD de personas que tienen Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés) y otras categorías designadas han sido extendidos más allá del periodo de validez que indica la tarjeta. Para información adicional sobre cuáles EAD están cubiertos, por favor consulte las páginas de Estatus de Protección Temporal y Ley para la Competitividad Estadounidense en el Siglo 21.

Ambas versiones de las tarjetas son aceptables para el Formulario I-9, Verificación de Elegibilidad de Empleo, E-Verify y el Sistema de Verificación de Extranjero para Otorgación de Beneficios (SAVE). Algunas de las Tarjetas Verdes antiguas no tienen fecha de caducidad.

Estas antiguas Tarjetas Verdes que no tienen fecha de caducidad continuarán siendo válidas. Las personas que tienen Tarjetas Verdes sin fechas de caducidad pueden considerar solicitar una tarjeta de reemplazo que tenga una fecha de caducidad. Obtener una tarjeta de reemplazo reducirá el riesgo de fraude o manipulación si se les pierde o le roban la tarjeta.

Elegibilidad para Tarjetas Verdes (“Green Card”) y EAD

Para más información sobre el proceso de solicitud de una Tarjeta Verde (“Green Card”), por favor visite uscis.gov/es/tarjeta-verde.

Para solicitar un EAD, debe presentar el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo. Visite nuestro sitio web uscis.gov/es para más información sobre los EAD. https://www.uscis.gov/es/formularios/i-765.

15
March 2017

 

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) comenzará a aceptar peticiones H-1B sujetas a la cantidad máxima reglamentaria del año fiscal 2018 el 3 de abril de 2017. Todas las peticiones de visas H-1B sujetas a la cantidad máxima del FY 2018 que sean presentadas antes del 3 de abril de 2017 serán rechazadas.

El programa H-1B permite que las compañías en los Estados Unidos empleen temporalmente trabajadores extranjeros en ocupaciones que requieren la aplicación teórica y práctica de un conocimiento altamente especializado, así como un grado de bachillerato o más alto (o un grado equivalente) en la especialidad específica o su equivalente. Las ocupaciones de especialidades H-1B pueden incluir campos tales como ciencias, ingeniería e información tecnológica.

El Congreso estableció un límite numérico de 65,000 visas H-1B por año fiscal. Una exención del límite numérico H-1B para beneficiarios que han terminado un grado de Maestría de EE.UU. o mayor (lo que se conoce comúnmente como “exención por grado avanzado”) está disponible para 20,000 beneficiarios.

Contáctanos

La agencia monitoreará el número de peticiones recibidas y notificará al público cuando la cantidad límite se haya alcanzado.

USCIS anunció recientemente la suspensión temporal del procesamiento prioritario de las peticiones H-1B a partir del 3 de abril por hasta seis meses. Mientras el procesamiento prioritario esté suspendido, los peticionarios no podrán presentar el Formulario I-907, Petición de Servicio de Procesamiento Prioritario, para un Formulario I-129, Petición de Trabajador No Inmigrante en el cual se solicite la clasificación de no inmigrante H-1B. Mientras el procesamiento prioritario esté suspendido, todos los Formularios I-907 presentados con una petición H-1B serán rechazados. Si el peticionario presenta un cheque combinado para pagar las tarifas tanto del Formulario I-907 como del Formulario I-129 para la visa H-1B, ambos formularios serán rechazados.

Los peticionarios H-1B deben seguir todos los requisitos estatutarios y regulatorios cuando preparen las peticiones, a fin de evadir retrasos en el procesamiento y posibles solicitudes de evidencia. La tarifa de presentación del Formulario I-129 ha aumentado a $460 y los peticionarios ya no tienen 14 días para corregir un pago que haya sido rechazado. Si cualquiera de los pagos de tarifas requeridos es rechazado por el banco o institución financiera, USCIS rechazará la petición H-1B completa sin la opción de que el peticionario la corrija.

El Formulario M-735, Lista de Cotejo Opcional de Presentaciones H-1B del Formulario I-129 provee información detallada acerca de cómo completar y presentar una petición de visa H-1B para el año fiscal 2018.

Para más información acerca del programa de visas de no inmigrante H-1B y los tiempos de procesamiento actuales del Formulario I-129, visite la página web Cantidad Máxima Reglamentaria de la Temporada de Visas H-1B del Año Fiscal 2018, o llame al Centro Nacional de Servicio al Cliente al 800-375-5283 o 800-767-1833 (TDD para personas con impedimentos auditivos). Puede suscribirse a las actualizaciones por correo electrónico sobre visas H-1-B por correo electrónico en la misma página.

07
March 2017

USCIS ha extendido automáticamente la validez de ciertos documentos de empleo (EAD, por sus siglas en inglés) expedidos bajo el Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés) de El Salvador, por 6 meses adicionales. El 8 de julio de 2016, DHS anunció la extensión de la designación de El Salvador al TPS por un periodo adicional de 18 meses. Con dicha extensión, DHS también extendió automáticamente la validez de las EAD expedidas bajo el TPS de El Salvador, por 6 meses adicionales hasta el 9 de marzo de 2017. Para evitar interrupciones en la autorización de empleo, USCIS está extendiendo automáticamente la validez de esos EAD por un periodo adicional de 6 meses, hasta el 9 de septiembre de 2017.

Si usted tiene actualmente un EAD que fue expedido bajo la designación de TPS de El Salvador y la tarjeta tiene la fecha de 9 de septiembre de 2016 en la parte frontal, su EAD ahora caducará el 9 de septiembre de 2017. Para demostrar que usted tiene autorización de empleo legal, debe mostrar la siguiente documentación a su empleador y agencias de gobierno:

  • Su EAD relacionado al TPS ; y
  • Una copia de la notificación del Registro Federal que anuncia la exención automática del EAD.

Para más información, por favor visite la notificación del Registro Federal (en inglés) publicada hoy.

05
March 2017

 

Comenzando el 3 de abril de 2017, USCIS suspenderá temporalmente el procesamiento prioritario de peticiones H-1B. Esta suspensión puede durar hasta seis meses. Mientras el procesamiento prioritario de peticiones H-1B esté suspendido, los peticionarios no podrán presentar el Formulario I-907, Petición de Procesamiento Prioritario de un Formulario I-129, Petición de Trabajador No Inmigrante que está requiriendo la clasificación de no inmigrante H-1B. Notificaremos al público antes de resumir el procesamiento prioritario de todas las peticiones H-1B.

A quién aplica

La suspensión temporal aplica a todas las peticiones H-1B presentadas en o luego del 3 de abril de 2017. Dado que las peticiones H-1B sujetas a la cantidad máxima reglamentaria del FY18 no pueden presentarse antes del 3 de abril de 2017, esta suspensión aplicará a todas las peticiones H-1B presentadas para el FY18 tanto regulares como peticiones de exención para personas con un grado de maestría de EE.UU. (límite para el grado de maestría o mayor). Esta suspensión también aplica a las peticiones que están exentas del límite numérico.

Mientras el procesamiento prioritario esté suspendido, rechazaremos cualquier Formulario I-907 presentado con una petición de visa H-1B. Si el peticionario presenta un cheque combinado como pago de las tarifas de presentación de los Formularios I-907 e I-129, tendremos que rechazar ambos formularios.

 

Continuaremos el procesamiento prioritario de las peticiones H-1B del Formulario I-129 si el peticionario presentó apropiadamente un Formulario I-907 asociado antes del 3 de abril de 2017. Por lo tanto, devolveremos la tarifa de procesamiento prioritario si:

  1. El peticionario presentó la petición H-1B antes del 3 de abril de 2017 utilizando el servicio de procesamiento prioritario y
  2. No actuamos en la adjudicación del caso dentro del período de 15 días calendario.

Esta suspensión temporal no apila a las demás clasificaciones de no inmigrante elegibles presentadas por medio del Formulario I-129.

 

Requerir Procesamiento Expedito

Aunque el procesamiento prioritario está suspendido, los peticionarios pueden presentar una petición para el procesamiento expedito de una petición H-1B si cumplen con los criterios de la página web “Criterios para Procesamiento Expedito”. Es responsabilidad del peticionario demostrar que cumple con al menos uno de los criterios de procesamiento expedito, y los exhortamos a presentar documentos de evidencia en apoyo a su petición.

Revisaremos todas las peticiones de procesamiento expedito en una base caso por caso, y las peticiones serán otorgadas a la discreción de la dirección de la oficina.

 

Por qué Estamos Suspendiendo Temporalmente el Procesamiento Prioritario de Peticiones H-1B

Esta suspensión temporal nos ayudará a reducir el tiempo total de procesamiento de las peticiones H-1B. Al suspender temporalmente el procesamiento prioritario, podremos:

  • Procesar peticiones que han estado pendientes por largo tiempo, las que no hemos podido procesar debido al alto volumen de peticiones que se presentan y la urgencia significativa en las peticiones de procesamiento prioritario durante los pasados años y
  • Priorizar la adjudicación de casos de extensión de estatus H-1B que están cerca de alcanzar el límite de 240 días.